Se les recuerda que TODOS los adultos que participen en los Campeonatos de Canarias (monitores, jueces, árbitros, personal federativo, personal de organización, jefes de expedición,…) deberá entregar a la organización la Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.

* Este certificado se puede solicitar, de forma individual y gratuitamente, a través de siguiente enlace: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-registro-central


Esta obligación es debida a la nueva redacción de apartado 5 del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LO 1/1996), introducido por la reciente Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, publicada en el BOE nº 180, de 29 de julio de 2015, en vigor desde el pasado mes de agosto de 2015 (de acuerdo con su disposición final vigésimo primera): “5. Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.